La LCT justificó la existencia de los paraísos fiscales

26 05 2013

Presentación1

Nicaragua no es un paraíso fiscal, según la lista de la OCDE, pero la Ley de Concertación Tributaria, que está vigente en nuestro país desde el 1 de enero de este año, impone una retención definitiva en concepto de Impuesto sobre la Renta (IR) de 17% sobre el monto del gasto en que incurre un residente con los países o los lugares llamados “paraísos fiscales”. Esto ha sido un paso lento en cualquier dirección, unos lo verán hacia adelante, otros podrían verlo hacia atrás, y aunque lento es muy importante para alcanzar el objetivo de aumentar la recaudación tributaria. A lo sumo, eso se esperaría.

Un paraíso fiscal puede ser un país, generalmente con una economía pequeña (poca producción, pocos recursos naturales o poca población), que atrae divisas fuertes, yenes, euros o libras esterlinas, para fortalecer su economía con una gran industria financiera, pero con la exención de pagos de impuestos a los inversionistas financieros que mantienen cuentas bancarias o constituyen sociedades en su territorio. Este es un ejemplo más del conocido sigilo o secreto bancario.

En ese paraíso fiscal conviven dos sistemas tributarios diferentes, uno para los residentes, personas físicas y jurídicas, de ese país o paraíso que pagan tributos, y otro para los extranjeros que gozan de una exención total o parcial muy considerable de impuestos que deberían pagar siempre y cuando no realicen negocios dentro de ese paraíso fiscal.

En abril de 2009, el Grupo de los 20 (G-20), agobiado por la segunda recesión más grande del mundo provocada por unos banqueros irresponsables de Wall Street, exclamó en abril de 2009 “Estamos dispuestos a imponer sanciones para proteger nuestras finanzas públicas y nuestros sistemas financieros; la era del secreto bancario ha terminado”. En 1998, la OCDE, cumpliendo instrucciones del G-20, lanzó un innovador informe sobre la “competencia fiscal perjudicial” y elaboró unas listas de paraísos fiscales de las que los países podían escaparse si firmaban una docena de acuerdos de intercambios de información con otros países. Sin embargo, la opacidad fiscal persiste.

Existen aproximadamente 73 países clasificados como paraísos fiscales, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), tales como Andorra, Corea,  Anguila, Letonia, Antigua y Barbuda, Líbano, Aruba, Liberia, Austria, Liechtenstein, Bahamas,  Luxemburgo, Bahrein, Macao, Barbados, Malasia, Bélgica, Maldivas, Belice, Malta, Bermudas, Islas Marshall, Botsuana, Mauricio, Islas Vírgenes Británicas, Mónaco, Brunei Darussalam, Montserrat, Canadá, Nauru, Islas Caimán, Países Bajos, Islas Cook, Antillas Neerlandesas, Costa Rica, Panamá, Chipre, Filipinas, Dinamarca, Portugal, Dominica, Samoa, Francia, San Marino, Alemania, Seychelles, Ghana, Singapur, Gibraltar,  España, Granada, San Cristóbal y Nieves, Guatemala, Santa Lucía, Guernsey, San Vicente y las Granadinas, Hong Kong, Suiza, Hungría, Islas Turcas y Caicos, India, Emiratos Árabes Unidos, Irlanda, Reino Unido, Isla de Man, Uruguay, Israel, Islas Vírgenes de EE.UU., Italia, EE.UU. (los estados de Delaware, Wyoming y Nevada), Japón, Vanuatu, Jersey. La mayor parte de estos países se han comprometido a mejorar la transparencia y el intercambio de información tributaria. en la lista de paraísos fiscales, la OCDE sólo publica dos: Nauru y Niue. Guatemala y Costa Rica han salido de la lista gris de paraísos fiscales del OECD.

Suiza ha rechazado relajar su secreto bancario a pesar de las presiones. El presidente de la Confederación Helvética, Ueli Maurer, en una entrevista al diario «Matin Dimanche», dijo que el secreto bancario es un valor «al mismo nivel que el secreto médico», por lo que «el Estado debe respetar absolutamente la esfera privada», y «sólo la presión interna» podría modificar su posición.

Con la fuga de capitales desde el país de origen de un inversionista financiero también se escapa una parte importante de los impuestos de ese país, y el Estado de Nicaragua, para evitar, al menos, parte de esa fuga tributaria comenzó en enero de 2013 a cobrar a personas físicas y jurídicas residentes en el país el 17% del gasto de transferencia de capitales hacia esos paraísos fiscales.

De acuerdo con un informe de ActionAid, casi la mitad del dinero que las multinacionales y los inversionistas financieros ricos inyectaron en los mercados emergentes en 2011 fue movida a través de paraísos fiscales, lo que resultó en pérdidas de ingresos para los países pobres. Utilizando datos del FMI sobre inversión, ActionAid también mencionó que un 46 por ciento de las inversiones internacionales en países de ingresos medios y bajos en 2011 se originaron en paraísos fiscales, comparado con el 37 por ciento en los países de entradas medias y altas.

ActionAid también citó que las compañías hacen grandes préstamos internos desde una filial en paraísos fiscales a otra parte de su negocio para reducir las cuentas tributarias, o usan a los paraísos fiscales para disfrazar las inversiones como nuevas, para que califiquen para beneficios tributarios.

¿Se podría llamar a esa fuga o pérdida de ingresos tributarios evasión o elusión del pago de impuestos? Creo que en este caso la diferencia entre ambos conceptos es mínima.

David Cameron, primer ministro de Gran Bretaña, dijo que en junio próximo el Grupo de los 8 (G-8) discutirá la elusión de impuestos en su Cumbre Anual en Irlanda del Norte. La canciller de Alemania, Ángela Merkel, a su llegada a la reciente Cumbre Europea manifestó que pretende avanzar en la lucha contra la evasión y el fraude fiscal, porque en la Unión Europea (UE) «habrá por fin el intercambio automático de información» sobre datos bancarios y una base común con países terceros como Suiza.

Y para Nicaragua, ¿es correcto, gravar con el 17% a esas inversiones “financieras” a pocas personas que trasladan grandes sumas de dinero a esos paraísos fiscales o sería mejor alinearnos con la tarea de reducir y, por qué no, eliminar los paraísos fiscales como proclama el G-8 y el G-20?

Es fácil concluir que los paraísos fiscales es uno de los tantos obstáculos que tiene la lucha contra la pobreza. Los países pobres y de ingresos medios, como el nuestro que es de ingreso medio bajo porque en 2012 tuvo un Producto Interno Bruto (PIB) per cápita promedio anual de 1 mil 762 dólares, no cuentan con esos impuestos que se fugan y, consecuentemente, tienen menos financiamiento para enfrentar el hambre, la baja escolaridad y la insalubridad de sus habitantes.

Por supuesto, un país, rico o pobre y solo, nunca podría emprender la gran tarea de reducir el número de paraísos fiscales, porque esa gran empresa le compete a los países de economías avanzadas, como son los países del G-8, y también a los países del Grupo de los 20 (G-20). Países como el nuestro deberían apoyar esa tarea mundial, pero no con la imposición de un gravamen a las transacciones entre residentes de nuestro país con un paraíso fiscal. Un fraude fiscal, grande o pequeño, es siempre un delito porque atenta contra el bienestar de la población. En Nicaragua, el fraude fiscal no debe tener cabida ni tolerancia.

Pregunto al ministro de Hacienda y Crédito Público, mi estimado amigo Iván Acosta: ¿Cuánto cuesta a Nicaragua ese agujero negro fiscal por la fuga de capital a los paraísos fiscales? Tal vez, con el informe de rendición de cuentas del actual presupuesto nacional que conoceremos a finales de marzo de 2014, podamos tener una idea de cual profundo es ese agujero si se llegara a conocer cuánto pudo recaudar el Tesoro con esa tasa definitiva de 17% a cuenta del IR sobre los gastos de transacciones entre residentes de nuestro país y los paraísos fiscales.

La diferencia entre una evasión y una elusión fiscal es el grosor de una pared de cárcel. Si no se educa a la población con el pago de los impuestos ni se legisla con fuertes sanciones a la evasión y a la elusión tributaria, incluyendo la pena de cárcel, nunca se erradicará este vicio que carcome los presupuestos de todos los países.


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