
“Lo más difícil de comprender en el mundo es el impuesto sobre la renta”, dijo Alberto Einstein. Por supuesto que el genio en física tenía razón. En el análisis económico, renta es un concepto que alude al ingreso generado sin esfuerzo y, por ende, candidato a ser gravado, cuando no expropiado; tiene, pues, un significado muy preciso, que no siempre es tenido en cuenta por quienes se ocupan y discuten la política económica.
Para David Ricardo, economista inglés, miembro de la corriente de pensamiento clásico económico, y uno de los más influyentes junto a Adam Smith y Thomas Malthus, el origen de la renta está en el hecho de que cada agricultor cultiva primero las parcelas más fértiles y luego las menos fértiles; para Johann Heinrich von Thünen, economista alemán muy conocido por su teoría de la localización o de ubicación, sobre la geografía rural-urbana, que algunas parcelas están más alejadas que otras de las ciudades, donde viven los consumidores. El aumento de la demanda de alimentos invita a cultivar tierras menos fértiles o ubicadas en zonas marginales. Como el mayor precio necesario para que esto ocurra es recibido por todos, una porción del ingreso de los propietarios de las tierras más fértiles o de las más cercanas se origina en la renta.
El problema surge porque se habla de renta financiera, petrolera o agropecuaria, sin prestarle la debida atención al hecho de que en cada uno de dichos sectores existen costos y riesgos. El producto interno bruto (PIB) no cae como maná del cielo, sino que lo generan los productores, personas de carne y hueso, quienes hacen de su generación su modo de vida. Como bien decía Adam Smith en La riqueza de las naciones, “no es la benevolencia del carnicero y del cervecero de quienes debemos esperar alimentos y bebidas”.
El sector financiero no tiene nada de renta en el sentido técnico, y menos aún cuando la tasa de interés es notoriamente inferior a la tasa de inflación bien medida, o se invierte en títulos valores de la hacienda pública. Por ejemplo, en Nicaragua a noviembre de este año la tasa de interés pasiva a 1 mes plazo es de 1.15% con el consabido mantenimiento de valor (hay que sumarle 5 puntos porcentuales correspondientes a la tasa de devaluación anual), mientras que la tasa de inflación interanual, es decir de noviembre 2011 a noviembre 2012, es de 6.16%; por otro lado, la tasa de rendimiento ponderada anual de los títulos valores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público subastados el 12 de diciembre es de 6.5%.
En la actualidad, Los Indignados, ya conocidos mundialmente, dicen que los mercados no funcionan porque no son eficaces ni transparentes; el sistema político no corrige las fallas del mercado; ergo, los sistemas político y económico son injustos. La democracia y la economía de mercado son cuestionadas, y sectores como el financiero (el sistema sanguíneo) y el mercado de trabajo (el sistema nervioso) están afectados por una profunda desconfianza de la mayoría.
Como suele suceder, el cobrador de impuestos o el técnico de la hacienda pública, con su afán de maximizar los ingresos para las arcas del Estado, trata de establecer medidas tributarias sin valorar los efectos perversos en el desarrollo económico y la generación de riqueza.
Un ejemplo de lo anterior ocurrió en las discusiones de la reforma tributaria, al darse la pretensión gubernamental de establecer una tasa de retención definitiva de 0.25% sobre las transacciones con títulos valores, una medida que no se aplica en ningún país centroamericano, aunque el asesor económico y financiero presidencial, Bayardo Arce, anunció el objetivo de armonizar las tasas tributarias con las de los países del istmo, cuestión que no se logró en esta reforma, excepto la tasa del impuesto sobre la renta en el largo plazo, es decir, una tasa máxima de 25% hasta 2020.
El impuesto pretendido a las transacciones financieras, conocido como Tasa Tobin -por el nombre del economista que lo ideó, el premio Nobel James Tobin, que fue profesor de la Universidad de Yale- es importante porque grava las ganancias especulativas del capital golondrino, o “hot money”, obtenidas por grandes inversionistas financieros que envían sus capitales a un país para comprar deuda gubernamental o títulos valores empresariales que operan en las bolsas de valores, antes de que sea reenviado a sus países de origen o a paraísos fiscales para acelerar su rentabilización.
Para que esa tasa tributaria sea eficaz requiere, antes de todo, su establecimiento en la mayoría de los países de la región, pero, reitero, ninguno la tiene. El Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) y la Bolsa de Valores de Nicaragua (BVDN) lograron detener la aplicación de esta medida tributaria, porque demostraron que las transacciones de títulos valores o de bonos caerían estrepitosamente con el traslado de la inversión financiera a otros países del istmo, desaparecerían tanto la liquidez para la deuda pública como las emisiones de papel comercial de corto plazo, no se realizarían transacciones con títulos valores extranjeros y se imposibilitaría la integración de la BVDN con la bolsas de valores centroamericanas.
Consecuentemente, y en consenso, se estableció la exención de tributos fiscales y locales a todas las transacciones bursátiles en las bolsas de valores, pero se reiteró que los intereses y las ganancias de capital están afectas con la retención del 10% al pago del impuesto sobre la renta, así como la renta obtenida por la venta, concesiones, comisiones y servicios devengados y percibidos por personas naturales o jurídicas.
Además, se tasó con el 0.25% a los títulos valores emitidos del Estado que no contengan cupones de intereses explícitos y que sean vendidos por personas gravadas con la retención del 10% sobre las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, a personas que están exentas de esa retención, por ejemplo, las instituciones financieras reguladas que integran dichas rentas en su totalidad como rentas de actividades económicas.
Sin embargo, el consenso tributario sobre los puestos de bolsa también buscó cómo hacer más dinámicas las transacciones bursátiles, al adoptarse un régimen fiscal similar al de Costa Rica para la creación de fondos de inversión financieros (FIF) –con inversionistas masivos en Bolsa- y fondos de inversión inmobiliarios (FII) –con inversionistas colectivos en bienes raíces, o sea, que financian la construcción especialmente de viviendas-.
De acuerdo con datos presentados por la BVDN, a marzo de 2012 en la Bolsa Nacional de Valores de Costa Rica 41 mil 756 inversionistas financieros en 14 Administradoras de Fondos de Inversión habían canalizado 2 mil 630 millones de dólares y contaban con activos inmobiliarios valorados en 942 millones de dólares.
El estímulo que dio la reforma tributaria a la BVDN fue la promoción de esos Fondos de Inversión con el establecimiento de una tasa de retención definitiva de 5% sobre la renta bruta gravable, otra tasa de retención definitiva de 5% sobre la ganancia de capital generada por pasar a otro la propiedad o el derecho cualquier tipo de activo a o de un Fondo, y con la exención de las rentas percibidas y derivadas de certificados de participación emitidos por un fondo de inversión.
Con los Fondos de Inversión administrados en la BVDN se abre una posibilidad para apoyar el crecimiento económico sostenible, mejor dicho, para que el país aspire a una tasa de crecimiento mayor que la observada en los últimos años que supera el 4% anual.
Con ese estímulo a la BVDN también se garantiza una alternativa para los ahorristas, al observarse una mayor tasa de rendimiento con la adquisición de títulos valores de un Fondo de Inversión administrado en un Puesto de Bolsa, alrededor de 6% con mantenimiento de valor, que la tasa de interés devengada por un depósito de ahorro o a plazo en un banco comercial o en una institución financiera, que oscila alrededor de 1% con mantenimiento de valor en la actualidad
También cabe mencionar que, en materia de recaudación de impuestos, el modelo financiero elaborado por INVERCASA demuestra que los Fondos de Inversión Inmobiliarios (FII) generan más impuestos sobre la renta que las sociedades anónimas que administran bienes inmobiliarios.
En conclusión, la Ley de Concertación Tributaria facilitó una carga tributaria menos pesada a la bolsa de valores más pequeña de Centroamérica, como es la BVDN, y la volvió más competitiva y con una mejor integración con las bolsas de valores de la región al no gravar las transacciones bursátiles y las operaciones financieras, y sin impuestos municipales, como se observa en el resto de los países centroamericanos y Panamá.
Al final, tal como lo dijera el colega en una de sus propuestas, Gerardo Argüello, Gerente General de la BVDN, con la Ley de Concertación Tributaria se tiende a lograr “más Bolsa de Valores y más Impuestos”.