Los exclusivos consejos financieros del FMI

3 07 2010

La cultura del no pago del crédito debe ser erradicada para siempre, pero esta aseveración debería estar también acompañada de una que subraye la reducción permanente de la impunidad de los bancos.

Comparto plenamente la preocupación del Fondo Monetario Internacional (FMI) de no legislar para reestructurar deudas con los acreedores financieros, la cual surgió con la Ley No. 716 “Ley especial para el establecimiento de condiciones básicas para la renegociación de adeudos entre las instituciones microfinancieras y deudores en mora”, que especificó la tasa de interés de 16% para reestructurar la deuda del Movimiento No Pago que asciende aproximadamente a 16 millones de dólares.

También comparto la aseveración fondomonetarista de la necesidad de legislar sobre las microfinancieras, para que se fortalezca su transparencia y competitividad con la publicación de sus tasas de interés y comisiones y sean vigiladas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF), pero será necesario actualizar la propuesta de una ley de las microfinancieras que ha permanecido archivada durante ocho años en la Asamblea Nacional.

Pero el FMI evita reconocer que no basta la publicación de las tasas de interés y de las comisiones bancarias en general, y la de los préstamos para los tenedores de tarjetas de crédito para el consumo en particular, para que los bancos, y las microfinancieras en un futuro, sean competitivos.

El policía financiero internacional sabe muy bien que el mercado financiero de Nicaragua es oligopólico. Demostrar eso es fácil y abundan los ejemplos, siendo el último de ellos la denuncia de la Red Nacional de Defensa de los Consumidores (RNDC) porque los bancos comerciales y la Asociación de Bancos Privados de Nicaragua (ASOBANP) realizaron un acto de colusión al publicar el 31 de mayo de 2010 un comunicado en el que anuncian unánimemente la reducción de diez puntos porcentuales hasta 50% la tasa de interés que cobrarán a los tenedores de las tarjetas de crédito para el consumo a partir de la fecha de corte de sus deudas en junio de este año.

En Nicaragua, el sigilo bancario también se confunde con el silencio de los bancos cuando enfrentan denuncias y acusaciones. Los bancos privados y su Asociación ya fueron notificados por el Instituto Nacional de Promoción a la Competencia (PROCOMPETENCIA) y ojalá que no obstaculicen las investigaciones pertinentes. En nuestro país, ningún grupo financiero debe desacatar la justicia, mucho menos sentirse sobre la ley, tal como lo hacen muchos políticos escudados en su inmunidad.

La Ley No. 601 “Ley de Promoción de la Competencia” del 24 de octubre de 2006 promueve y tutela la competencia, prohíbe y sanciona las prácticas anticompetitivas y mejora la eficiencia económica en el mercado y el bienestar de los consumidores. De acuerdo con la ley de  PROCOMPETENCIA, la denuncia de la RNDC es sobre una práctica horizontal anticompetitiva, o acuerdos entre competidores, llamada absoluta o prohibida per se. Sin embargo, los técnicos del FMI ya aceptan que es necesario incluir los servicios financieros en la Ley de Protección de los Consumidores.

Estimo que el FMI deber tomar nota de estos asuntos porque también le debería preocupar la competitividad del sistema financiero local y no concentrase sólo en consejos para elevar la  competitividad internacional, entre los que se distingue la contención de los ajustes del salario mínimo legal –que es posible en el corto plazo- y la reducción de la dependencia del petróleo –que es posible en el largo plazo-.

No comparto la propuesta del FMI que se le conceda protección legal, entiéndase inmunidad, a los oficiales de la SIBOIF, mucho menos que el superintendente continúe gozando de esa inmunidad después de haber completado su período para el que fue nombrado por la Asamblea Nacional. La aprobación de estas sugerencias del FMI significaría un severo retroceso en la lucha contra la impunidad en nuestro país; no hay que olvidar que el ex superintendente de bancos Noel Sacasa huyó del país cuando se liquidaron cuatro bancos en 2000 y 2001. Al contrario, ojalá se pudiera reducir el número de servidores públicos que gozan de ese privilegio, como ocurrió con la eliminación de la inmunidad parlamentaria en la República de Honduras, que eximía a los diputados de ser detenidos o presos, o procesados y juzgados sin autorización de la Asamblea Nacional.

Además, el FMI también propone que se aumente la asignación de recursos que los grupos financieros asignan a la SIBOIF para financiar sus gastos operativos y administrativos. Sólo resta decir que mantener este procedimiento, y ampliarlo, fortalecería la exclusividad de la atención del superintendente en las instituciones financieras del país, porque todo lo demás asuntos, especialmente los relacionados con los deudores del sistema financiero, sería resuelto por el mercado, tal como lo ha manifestado el actual superintendente. Una mejor propuesta sería que el Tesoro de la República intermedie la entrega de esos fondos, que constituyen ingresos en concepto de transferencias (corrientes y de capital) del sector privado al sector público.

Entre otras recomendaciones planteadas por la misión técnica del FMI, se destacan mantener la independencia del Fondo de Garantía de los Depósitos (FOGADE) –el Banco Central de Nicaragua (BCN) pretendía “absorberlo” en su propuesta de nueva ley-; mejorar el riesgo crediticio con la información existente para identificar los riesgos de concentración de préstamos y validad el grado de riesgo de los préstamos; desarrollar las capacidades de pruebas de estrés financiero; intercambiar información con otras superintendencias (de Panamá, Ecuador y la Oficina del Contralor de la Moneda de Estados Unidos) para la supervisión consolidada de los bancos con casas matrices en el exterior; mejorar los instrumentos monetarios para fortalecer la administración de la liquidez de la economía y el desarrollo de un mercado interbancario; aprobar una Ley Nacional de Pagos para regular los servicios de las remesas familiares; y establecer mayores restricciones para auditar instituciones financieras más complejas.

Es muy probable que todos estos consejos sean temas de discusión para las Revisiones IV y V del Programa “Servicio de Crédito Ampliado” que expirará en octubre próximo y para extender ese programa un año más. El FMI nunca se irá de Nicaragua porque nuestro país es miembro fundador de dicho organismo multilateral, pero lo peor que podría ocurrir por incumplimientos y rechazos de consejos nuevos, viejos y exclusivos del FMI sería un ajuste económico, en un año electoral, sin ayuda en divisas líquidas de libre disponibilidad que suman aproximadamente 80 millones de dólares anuales. Espero que esto no ocurra.


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Un comentario

7 07 2010
Miguel de Arriba

Opino que la Ley No. 716 no está promocionando o respaldando el NO PAGO; eso es una falacia total ya que la mencionada ley no condona ninguna deuda.
En todo caso estoy totalmente de acuerdo con el primer párrafo del artículo y creo que el mayor peligro para que se pudiese producir un impago masivo no está en la voluntad de los deudores sino en el abuso (con la impunidad añadida) del sistema financiero en colusión indiscutible con la SIBOIF. Los hechos, que son los que cuentan, son tercos en demostrar ese maridaje.

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