El largo camino de la reforma tributaria

26 08 2012

La reforma tributaria promueve la inversión, la generación de empleo, la productividad de la economía y la competitividad empresarial mediante el avance en la dualidad del sistema tributario -es decir, tiende a fortalecer la aplicación de impuestos sobre las rentas (IR) del trabajo y de las actividades económicas y amplía la regulación de las retenciones definitivas a las rentas del capital y la regulación de las rentas de no residentes- y la reducción de los beneficios tributarios existentes, es decir las exoneraciones y las exenciones en el pago del impuesto del valor agregado (IVA) y del impuesto selectivo de consumo (ISC). En síntesis, es una reforma estructural de la tributación directa y tiene objetivos recaudatorios porque aumenta las tasas de retenciones a cuenta del IR y suprime los beneficios tributarios.

El consenso en este tipo de reforma, incluyendo las nuevas disposiciones para la administración tributaria que no rayen en discrecionalidades de los servidores públicos, no es posible lograrlo dentro de un mes, sino muy probablemente hasta finales de este año. Recientemente, Alberto Guevara, presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN) declaró que “el inicio de 2013 dará la señal clara de cuándo podría tenerse el programa (económico trienal con el FMI)”, y que “en este año sólo habrán conversaciones ‘permanentes’ con dicho organismo” mientras avanzan las discusiones para la aprobación de la reforma tributaria, la reforma del fondo de pensiones de seguridad social, las nuevas cuentas nacionales, la reforma presupuestaria para incorporar C$3,000 millones de “sobre recaudación” de impuestos al Presupuesto General de la República de 2012 y las perspectivas del Presupuesto General de la República de 2013.

Ya han comenzado a relucir ciertas diferencias de enfoques tributarios entre los agentes económicos. El reforzamiento de la dualidad de nuestro sistema tributario, que se aprobó en diciembre de 2009 y se aplicó a partir de enero de 2010, no es aceptado por el Consejo Nicaragüense de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CONIMIPYME) y por el Frente Nacional de los Trabajadores (FNT), porque da lugar a “un trato preferencial a las empresas sobre el asalariado” (?) y, por lo tanto, “se cobren los impuestos conforme a los ingresos”, es decir, seguir implementando el sistema de renta global.

Sin embargo, aparentemente ambas organizaciones desconocen que con esta reforma el sistema de renta global continuará siendo aplicado a las rentas del trabajo (con una tabla progresiva desde 0% hasta 29% sobre los salarios brutos a partir de 2013) y de las actividades económicas (con una sola tasa de 29% sobre las utilidades brutas el próximo año). Conviene aclarar que las rentas o ganancias de capital (por ejemplo intereses, dividendos y rendimientos de títulos valores) tienden a ser gravadas con una tasa de retención definitiva del 10% por IR, lo cual ahora se ampliaría a otros productos financieros, tales como el factoraje, los reportos y el arrendamiento financiero.

Por otro lado, no ha habido polémica entre el gobierno, los sindicatos y los empresarios con el aumento de la base exenta para las rentas del trabajo, que la reforma propone elevar de C$75,000 a C$100,000, y cuyo efecto sería el incremento del ingreso personal disponible y el consecuente aumento de la demanda interna, específicamente un mayor gasto de consumo de bienes y servicios de personas que no tienen capacidad de ahorro. Esa rápida coincidencia en el monto del techo salarial exento puede ser explicado el hecho de que la tasa de inflación acumulada entre enero 2010, fecha en que se puso en vigencia la base exenta de C$75,000, y julio de este año, es de 20.5% y se proyectaría una nueva base exenta sin la pérdida del poder compra en ese período al nivel de C$90,373, un monto menor que el propuesto por el gobierno.

El Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) también manifestó su aceptación de la reducción gradual 1 punto porcentual anual de la tasa del 30% hasta el 25% del IR que se cobra a las empresas; por supuesto, habría que agregar a los asalariados y a las personas naturales.

La moda de la tasa del IR entre los países del istmo centroamericano es 25%, porque está vigente en El Salvador, Honduras y Panamá, mientras que en Guatemala es de 31% y en Costa Rica y Nicaragua es de 30%. El efecto de reducir gradualmente la tasa del IR es aumentar, dentro de 5 años, en 5 puntos porcentuales la utilidad neta de las empresas, con lo cual se facilitaría la reinversión de las utilidades en la expansión y la modernización de las empresas, una mayor atracción de la inversión extranjera directa y, por otro lado, se incrementaría el ingreso personal disponible, o sea el consumo y del ahorro de las familias.

Bayardo Arce, asesor económico y financiero del presidente de la República, declaró que el gobierno no reducirá la tasa de 15% del IVA porque existe una “inmensa cantidad de productos exonerados” de este pago. En realidad, Nicaragua tiene la mayor tasa nominal del IVA, y le siguen El Salvador y Costa Rica con 13%, Guatemala y Honduras con el 12% y Panamá con el 7%. Ojalá que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) presente a los agentes económicos las tasas efectivas del IVA para cada país del istmo.

¿Cuál es esa inmensa cantidad de productos que no están sujetos al pago del IVA en nuestro país? Entre ellos se distinguen (i) la producción nacional de los productos de la canasta de consumo básico; libros, revistas materiales escolares, diarios y las materias para su elaboración; papel y maquinaria y equipo para los medios de comunicación social; medicamentos; petróleo y sus derivados -a los combustibles se le aplica un impuesto conglobado, que resta competitividad a las empresas-; (ii) las importaciones de materias primas, bienes intermedios, bienes de capital, repuestos partes y accesorios para maquinarias y equipos de las actividades agropecuarias y de las micro, pequeña y mediana empresa industrial y pesquera; y (iii) varios servicios entre los cuales se destacan los de la salud humana, el transporte interno en todas su modalidades, el suministro de agua potable y de agua para el riego en actividades agropecuarias, el consumo doméstico de energía eléctrica igual a o menor que 300 KWh mensuales y los intereses de los préstamos facilitados por las instituciones del sistema financiero nacional.

El asesor presidencial sólo señaló que no se aplicará el IVA a la comida para justificar el mantenimiento de la tasa del IVA de 15%, pero dejó a entrever que dicha tasa podría ser aplicada al valor bruto de producción de los otros 30 productos de la canasta de consumo básico, a todas las importaciones del sector agropecuario y a los servicios finales demandados por la población. Si esto llegara a ocurrir, aumentarían los costos de producción, los precios al productor y los precios al consumidor de varios bienes y servicios básicos, incluso de los alimentos porque existe el riesgo que se grave con el IVA a las importaciones de materias primas y maquinaria y equipo demandados por las actividades agropecuarias y las MIPYMES manufactureras y pesqueras, lo cual implicaría, sólo por equidad fiscal, la revisión de la tasa del IVA de 15% hacia la baja. Es oportuno señalar en esta materia que el Artículo 39 de la Ley de Equidad Fiscal obliga al Estado y todos sus organismos nacionales, municipales y de las regiones autónomas a pagar el IVA, y si con esta reforma se erradicara su evasión, tal como propugna esta reforma, se elevaría la tasa efectiva del IVA.

Otro tema conflictivo es el de las exoneraciones y exenciones al sector exportador, incluyendo el crédito tributario de 1.5% del valor FOB de las exportaciones de bienes tradicionales y no tradicionales a cuenta del IR. El COSEP recordó que la actual política de estímulo a las exportaciones compensa el sesgo anti exportador causado por la política cambiaria (la sobrevaluación del córdoba explica en gran parte el problema estructural del alto déficit comercial externo del país) y los problemas de infraestructura por la deficiencia de carreteras y puertos, y que el sector agropecuario debe ser fortalecido porque se han abierto más mercados y eso ha estimulado la producción y las exportaciones; además propuso la reformar del Artículo 126 de la Ley de Equidad Fiscal para que concuerde con el Artículo 52 de la misma ley, con el fin de aclarar que lo exonerado son los insumos con fines productivos y no el sujeto que lo usará, y demanda que la política tributaria debe ser neutral en el tratamiento de las importaciones de productos terminados y la producción nacional de esos mismos productos.

En el ámbito del impuesto selectivo de consumo (ISC), CONIMIPYME propuso acertadamente eliminar este impuesto que grava las importaciones de materias primas y bienes intermedios que utilizan esas empresas, principalmente en la producción de alimentos (embutidos y cereales) y vestuario, lo cual ampliaría la intención gubernamental de eliminar el ISC a la importación de bienes de consumo suntuario.

En cuanto a uno de los regímenes especiales, el de la cuota fija, es decir, todas aquellas actividades económicas que actualmente registran un monto anual de ventas de C$480,000 y que la reforma propone elevar hasta C$1,000,000 con inventarios no mayores de C$300,000, ha sido cuestionado con la evasión tributaria. La Asociación de Comerciantes de los Mercados de Nicaragua (ACMNIC) se concentró en los pagos del IVA y del IR y en la eliminación de la restricción de que en este régimen solo caben tres o menos empleados, pero la solución del cuestionamiento de este régimen podría ser factible con una fiscalización efectiva de la Dirección General de Ingresos (DGI) fundamentada en la voluntad política del gobierno, que en principio trascienda hasta la Dirección General de Aduanas (DGA) para reducir la muy probable subvaluación de las importaciones, la cual incide en la formación de precios más bajos para los bienes en este régimen en detrimento del sector comercial que intermedia esos mismos bienes y está sujeto al sistema de renta global.

Otra discrepancia pública de los empresarios, esta vez con el gobierno, es la pretensión de la reforma en delimitar los puntos de conexión (?) de la renta de fuente nicaragüense con el exterior para introducir la territorialidad reforzada, es decir, por ejemplo, gravar el trabajo realizado fuera del país por un residente nicaragüense y que redunde en provecho de otro residente nicaragüense o de un no residente situado en el país. Es obvio que Nicaragua no está preparada para dar ese salto en la búsqueda del sistema de renta mundial, debido a que el país no ha suscrito ni un convenio tributario o de intercambio de información tributaria con otro país, por lo cual existiría el riesgo de la doble tributación, tanto en el país donde se generó el ingreso como en Nicaragua donde se obligaría a declarar ese ingreso. En este caso, cabe recordar aquel adagio que dice “antes de correr aprende a caminar”.

También se observa una disposición general aceptada por todos: reducir la evasión y ampliar el número de contribuyentes, con el fin de disminuir la carga tributaria de los pagadores (formales) de impuestos. En otras palabras, con la reforma se emprendería la dura tarea de reducir la informalidad del mercado que afecta al 77.2% de las empresas existentes en el país, que no cuenta con registros contables.

Y hasta el momento actual se observa una queja general: la DGI no cumple con los procedimientos y plazos para la compensación y devolución de los impuestos, por ejemplo el IVA de los bienes exonerados y los anticipos del IR que superan el monto del 30% de las utilidades brutas. Esperamos que el gobierno solucione este problema que está en sus manos.


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2 responses

13 12 2012
Franklin Evenor Sequeira Ortiz

Estimado Señor Avendaño, me parecen bien acertados sus comentarios al respecto, pero quisiera que si es posible, ya que no lo he encontrado por otro lado, que me indicara como quedaria la nueva tabla progresiva del IR para aplicarse a partir del mes de enero del 2013.

Muchas gracias.

14 12 2012
nestoravendao

Estimado Sr. Sequeira Ortiz: Visite mi blog en el siguiente link, en el cual se encuentra la tabla progresiva del IR del trabajo. Saludos, Néstor Avendaño

Se reforzaron la dualidad y la territorialidad de la renta

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